Condiciones generales para los contratos de servicios
Condiciones generales para los contratos de servicios
La contratación de cualquier servicio de ANCO SISTEMAS DE GESTIÓN, S.A. (en adelante ANCO) por parte del CLIENTE implica la aceptación expresa y sin reservas de las siguientes condiciones generales (las «Condiciones Generales»). Las Condiciones Generales se aplicarán a todos los servicios de ANCO que el CLIENTE contrate a través del correspondiente Contrato de Servicios, en el que se recogerán las condiciones particulares aplicables al servicio contratado (las «Condiciones Particulares»).
Estas Condiciones Generales, las Condiciones Particulares de cada servicio reflejadas en el Contrato de Servicios y, en general, cualquier otra condición vinculada al servicio contratado publicada en el sitio web de ANCO www.anco.es/legal, constituyen el acuerdo total entre ANCO y el CLIENTE respecto a la prestación de los servicios de ANCO contratados por el CLIENTE (todo ello, en adelante el Contrato). En caso de contradicción entre alguna de las cláusulas de los documentos anteriores, las Condiciones Particulares del Contrato de Servicios prevalecerán sobre las presentes Condiciones Generales en todo aquello que regulen expresamente. En lo no regulado por las Condiciones Particulares, se estará a lo dispuesto en las presentes Condiciones Generales.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso de que los servicios contratados por el CLIENTE consistan en la intermediación para la suscripción de alguna licencia de software con un tercer proveedor, será de aplicación lo previsto en las condiciones generales de dicho proveedor, con carácter prevalente sobre las presentes Condiciones Generales.
I. IDENTIFICACIÓN Y CONTACTO
Los datos identificativos de ANCO son:
BARCELONA
- Razón social: ANCO SISTEMAS DE GESTIÓN, S.A.
- N.I.F: A58269085
- Domicilio social: Calle Caspe 23, 08010 – Barcelona, España. (Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 7961, Folio 125, Sección 2ª, Hoja B93091)
MADRID
- Razón social: ANCO TECHNOLOGY SOLUTIONS, S.L.U.
- N.I.F: B87283503
- Domicilio social: Calle Apolonio Morales, 6, 28036 – Madrid, España. (Registro Mercantil de Madrid, Tomo 33741, Folio 178, Hoja M602501)
Los datos de contacto de ANCO son:
- Correo electrónico: soporte@anco.es — El CLIENTE podrá enviar a esta dirección de correo electrónico cualquier consulta y/o solicitud en relación con los servicios de ANCO, incluyendo una breve descripción del objeto de la consulta/solicitud e indicando nombre de la empresa y persona de contacto.
- Teléfono: 932 935 412 / 917 919 454
Los datos identificativos del CLIENTE constarán en el Contrato de Servicios firmado por ambas partes. En el caso de personas jurídicas, la firma del Contrato será siempre realizada, y así se entenderá por parte de ANCO, por un representante con poderes suficientes para contratar los servicios en nombre del CLIENTE.
II. MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES APLICABLES A LOS SERVICIOS
ANCO se reserva el derecho de actualizar, complementar o modificar las políticas, términos o condiciones de los servicios contratados conforme a las siguientes disposiciones:
Modificación de las Condiciones Generales
Los cambios que afecten a estas Condiciones Generales o a otros documentos de carácter global vinculados a los servicios contratados, serán publicados en el sitio web de ANCO www.anco.es/legal.
Modificación de las Condiciones Particulares de los Contratos de Servicios
Actualización del precio de los Contratos de Servicios conforme al IPC
ANCO se reserva el derecho de revisar el precio de los Contratos de Servicios al final de cada año de vigencia de los mismos, a efectos de actualizarlo conforme a las variaciones del IPC durante el año inmediatamente anterior, así como aquellos otros costes directos o indirectos que puedan afectar al precio de los Contratos de Servicios.
Otras modificaciones de las Condiciones Particulares de los Contratos de Servicios
Sin perjuicio de la actualización del precio de los Contratos de Servicios conforme a las variaciones del IPC u otros costes directos o indirectos en los términos previstos en el apartado anterior, ANCO podrá modificar las Condiciones Particulares aplicables a los Contratos de Servicios y, en especial, las condiciones económicas al final del plazo de vigencia inicial o de cualquiera de sus prórrogas.
ANCO comunicará al CLIENTE las modificaciones que, en su caso, hayan de entrar en vigor a partir de la siguiente prórroga del plazo de vigencia del Contrato de Servicios con una antelación de, al menos, 60 días antes de la finalización del plazo contractual en curso.
Las modificaciones comunicadas en los términos anteriores serán efectivas a partir de la fecha de inicio de la siguiente prórroga, siempre y cuando el CLIENTE no se hubiese opuesto expresamente a dicha modificación al menos 30 días antes del inicio de la misma.
En este sentido, el uso continuado de los servicios contratados por parte del CLIENTE tras la notificación de una modificación conforme al procedimiento indicado en los párrafos anteriores sin haber comunicado expresamente su oposición a dicha modificación se considerará como una aceptación tácita de la misma.
En caso de que el CLIENTE no esté conforme con las modificaciones notificadas por parte de ANCO en los términos previstos en el presente apartado, podrá resolver unilateralmente el Contrato de Servicios, preavisando a ANCO de su voluntad en este sentido mediante correo electrónico, con una antelación de, al menos, 30 días a la fecha en que la resolución haya de ser efectiva.
Ampliación de los servicios
Si durante la vigencia de un Contrato de Servicios, el CLIENTE o ANCO consideran oportuno ampliar o incorporar una nueva funcionalidad a los servicios contratados, ANCO valorará el impacto económico presentando su correspondiente presupuesto.
En el caso de no aceptación del presupuesto, cualquiera de las partes podrá resolver el Contrato de Servicios previa notificación fehaciente por escrito con una antelación de, al menos, 30 días a la finalización del plazo contractual en curso. En este supuesto, el CLIENTE vendrá obligado a abonar a ANCO todos los importes pendientes o comprometidos según las condiciones establecidas en este documento de Condiciones Generales y/o en las Condiciones Particulares del Contrato de Servicios objeto de la resolución.
III. DURACIÓN DE LOS SERVICIOS Y CANCELACIÓN
Los servicios de ANCO tendrán la duración que se establezca en cada caso en las Condiciones Particulares del correspondiente Contrato de Servicios. La fecha de firma del Contrato de Servicios determinará la fecha de inicio del periodo de duración del mismo, salvo que el propio Contrato de Servicios establezca una fecha de inicio distinta.
La resolución de cualquier Contrato de Servicios por parte del CLIENTE antes de la finalización del plazo de vigencia inicial pactado o de cualquiera de sus prórrogas, sin respetar el plazo de preaviso que, en su caso, se hubiese establecido, implicará el abono por parte del CLIENTE de todas las cuotas pendientes de devengo hasta la fecha de finalización del período de vigencia pactado en el Contrato de Servicios, sin perjuicio del abono de cualesquiera otras cantidades y/o penalizaciones que, en su caso, se hubiesen acordado en dicho Contrato para este supuesto.
En aquellos Contratos de Servicios en los que las Partes hubiesen pactado un período de duración determinado prorrogable automáticamente, ANCO podrá enviar al CLIENTE un recordatorio relativo a la próxima prórroga del plazo de vigencia del Contrato, con una antelación de, al menos, 60 días antes de la fecha en la que deba entrar en vigor. Dicha comunicación se remitirá mediante correo electrónico a la dirección indicada por el CLIENTE a efectos de notificaciones.
En caso de que el CLIENTE no esté interesado en prorrogar el Contrato, podrá instar la resolución del Contrato de Servicios en los términos y en los plazos previstos en las Condiciones Particulares del Contrato de Servicios.
En el supuesto de cancelación total de cualquier Contrato de Servicios, ANCO realizará sus mejores esfuerzos y adoptará cuantas medidas sean necesarias para facilitar el cambio de proveedor y/o para garantizar la baja en los servicios contratados por parte del CLIENTE.
Estas actuaciones no se considerarán comprendidas en los servicios objeto del Contrato de Servicios y, en consecuencia, se facturarán al CLIENTE de forma independiente, previa presupuestación.
La cancelación del Contrato de Servicios por parte del CLIENTE solo será efectiva una vez que se hayan realizado todos los pagos de los importes pendientes o comprometidos según las condiciones establecidas en este documento de Condiciones Generales y/o en las Condiciones Particulares del Contrato de Servicios que se cancela.
IV. HORARIO DEL SERVICIO, NOTIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DE INCIDENCIAS
Horario del servicio
ANCO prestará los Servicios que el CLIENTE contrate en cada caso durante las 24 horas del día los 365 días del año de forma automatizada.
El equipo técnico de ANCO estará disponible de lunes a jueves en horario de 8:00h a 18:00h y los viernes de 8:00h a 17:00h y durante el mes de agosto de 8:00h a 14:30h.
El tiempo de respuesta de atención técnica (SLA) será de 4 horas laborables para temas urgentes y de 8 horas laborables para temas no urgentes. Se define como tiempo de respuesta, el tiempo transcurrido entre la recepción de la incidencia, hasta la respuesta técnica por parte de ANCO.
Notificación de incidencias
Las averías, dudas o incidencias sobre cualquiera de los servicios prestados por ANCO podrán transmitirse vía telefónica, a través del Help Desk, o bien mediante comunicación por correo electrónico a soporte@anco.es, o a través del portal de clientes (con acceso restringido a clientes con contrato en vigor).
V. RESPONSABILIDAD DE ANCO
ANCO asume las siguientes obligaciones en relación con los servicios que el CLIENTE contrate a través del correspondiente Contrato de Servicios:
- Prestar al CLIENTE los servicios contratados de acuerdo con las presentes Condiciones Generales y con lo acordado en las Condiciones Particulares del correspondiente Contrato de Servicios.
- Implementar las medidas de seguridad necesarias y suficientes para mantener y garantizar el secreto en las comunicaciones y la confidencialidad y seguridad de la información en la prestación de los servicios contratados.
- Contratar las coberturas de seguros necesarias para la prestación de los servicios contratados, sin que ello altere las exclusiones o limitaciones de responsabilidad establecidas en este documento.
- Adoptar todas las medidas de seguridad y de prevención de riesgos laborales necesarias para la prestación de los servicios, cuidando en todo momento de su estricta observancia por el personal a su cargo.
- Conocer los riesgos inherentes a la prestación de los servicios contratados, comprometiéndose a observar y a hacer observar a las personas de su dependencia, ya sea en virtud de contratos laborales o de cualquier otra clase, las normas de seguridad y prudencia en la prestación de estos.
Sin perjuicio de las limitaciones de responsabilidad que establezcan en cada caso las Condiciones Particulares del correspondiente Contrato de Servicios, ANCO no asumirá ninguna responsabilidad en las siguientes situaciones:
- La conservación y/o restauración de aplicaciones o archivos de datos, salvo que ANCO viniese obligado a ello expresamente en el marco del Contrato de Servicios.
- Daños derivados de averías o fallos en los equipos, elementos, dispositivos o componentes locales ubicados en las instalaciones del CLIENTE.
- Daños derivados del mal uso de los servicios realizado por el CLIENTE o de la falta de cumplimiento de las recomendaciones o instrucciones proporcionadas por ANCO.
- Daños derivados de fallos, sobrecargas o caídas en las redes de telecomunicaciones que no sean responsabilidad de ANCO y, en general, incumplimientos, retrasos o problemas de rendimiento causados por servicios de terceros.
- Daños debidos a desastres naturales, actos de terrorismo, fuerza mayor o situaciones de urgencia extrema.
- Errores o vulnerabilidades de seguridad causadas por el uso de software desactualizado por parte del CLIENTE.
- Errores o daños causados por la interacción de software, aplicaciones o código instalado o ejecutado por el CLIENTE o terceros.
- Infracciones y transgresiones de las leyes, moral u orden público causados por el contenido, software, información o cualquier otro elemento almacenado o instalado por el Cliente en los recursos derivados de los servicios contratados.
- Pérdidas de negocio, responsabilidades frente a terceros, daños y perjuicios patrimoniales, y cualquier otro daño derivado de interferencias, omisiones, interrupciones, ataques de virus informáticos, averías, desconexiones, retrasos o bloqueos en el uso de los servicios contratados que sean consecuencia de intromisiones ilegítimas en el sistema u otras actuaciones ilícitas de terceros.
- Las altas, bajas y modificaciones que el CLIENTE gestione directamente con terceros proveedores en relación con licencias cuando ANCO actúe como prestador de servicios de intermediación para la suscripción de las mismas, salvo cuando ANCO tuviera expresamente encomendadas dichas funciones en el correspondiente Contrato de Servicios.
- Pérdidas de negocio, responsabilidades frente a terceros, daños y perjuicios patrimoniales, y cualquier otro daño derivado de fallos y averías ajenos a la actividad desarrollada por ANCO o a la reparación indebida realizada por parte del CLIENTE o de terceros.
- La responsabilidad de ANCO frente al CLIENTE no podrá superar en ningún caso el importe equivalente al precio de una anualidad de los servicios objeto del Contrato de Servicios del que derive dicha responsabilidad.
VI. RESPONSABILIDAD DEL CLIENTE
La firma del Contrato de Servicios compromete al CLIENTE con las siguientes obligaciones:
- Poseer las licencias de uso o autorizaciones de copia del software lógico instalado en sus equipos.
- Notificar inmediatamente a ANCO si tiene conocimiento de que alguno de los servicios contratados está siendo utilizado de forma fraudulenta, o de cualquier otra forma no autorizada.
- Facilitar el acceso al personal técnico de ANCO a su infraestructura informática siempre que sea necesario para el diagnóstico y solución de averías o problemas relacionados con el servicio contratado.
- Abonar a ANCO las cantidades debidas por la prestación de los servicios según lo establecido en las presentes Condiciones Generales y en las Condiciones Particulares del Contrato de Servicios.
Todas las facturas por los servicios contratados por el CLIENTE serán adeudadas y pagaderas dentro del plazo de pago indicado en cada factura. Cualquier cantidad no recibida por ANCO en la fecha de vencimiento de cada factura se considerará vencida. El retraso en el pago total o parcial de una factura permitirá a ANCO, previo aviso al CLIENTE con 15 días naturales de antelación, suspender temporalmente el servicio o servicios impagados sin que en este caso se considere incumplimiento contractual por parte de ANCO.
La suspensión de los Servicios no exime al CLIENTE de la obligación de continuar con el pago de las cuotas periódicas correspondientes, así como de las cantidades pendientes de pago.
ANCO restablecerá el servicio o servicios suspendidos en 1 día laborable tras aquel en el que tenga constancia de que el importe total adeudado ha sido satisfecho, incluidos todos los gastos en los que ANCO haya incurrido.
ANCO y el CLIENTE se reservan el derecho a resolver el contrato unilateralmente en caso de incumplimiento por alguna de las partes de cualquiera de sus obligaciones. Con carácter previo a la resolución, la parte perjudicada por el incumplimiento requerirá a la contraria para que subsane el mismo en el plazo de 15 días. En caso de no producirse la subsanación requerida, podrá optar por la resolución del contrato.
VII. PROPIEDAD INTELECTUAL
El CLIENTE reconoce y respeta la totalidad de los derechos de propiedad intelectual e industrial que ostenta ANCO relativos a los servicios que preste en el marco del correspondiente Contrato de Servicios y, en especial, a aquellos desarrollos que ANCO realice en cumplimiento de sus obligaciones derivadas del referido Contrato.
El know-how, conocimientos, experiencia, técnicas, metodología, materiales y documentos del trabajo resultante que ANCO aporte en el marco de la prestación de los servicios que el CLIENTE contrate en cada momento serán de propiedad exclusiva de ANCO, salvo que las Partes acuerden expresamente lo contrario en el correspondiente Contrato de Servicios.
En caso de ser necesario, ANCO otorgará al CLIENTE una licencia intransferible y no exclusiva, sobre aquellos derechos de explotación estrictamente necesarios para la correcta utilización y acceso por éste de los servicios y elementos asociados a los mismos, durante la vigencia del Contrato de Servicios que corresponda.
VIII. FUERZA MAYOR
Ni ANCO ni el CLIENTE serán responsables por el retraso o incumplimiento de sus respectivas obligaciones derivadas del correspondiente Contrato de Servicios cuando dicho retraso o incumplimiento se debiere a un supuesto de fuerza mayor, entendido por tal cualquier hecho o circunstancia que exceda del control de cualquiera de las Partes, como por ejemplo, a título enunciativo y no limitativo, huelgas laborales, catástrofes naturales, etc., y que impida total o parcialmente y de forma significativa el cumplimiento de las obligaciones contractuales por cualquiera de las Partes.
La ejecución de las obligaciones por la Parte impedida por el caso de fuerza mayor se prorrogará de un período equivalente a la duración de la suspensión que fuere debida a esta causa.
La Parte que invocare la fuerza mayor deberá notificarla a la otra Parte mediante comunicación fehaciente, en particular, por burofax, carta certificada con acuse de recibo o correo electrónico con acuse de lectura o confirmación de recepción.
IX. CONFIDENCIALIDAD
ANCO y el CLIENTE se obligan guardar la máxima reserva y secreto profesional sobre la información clasificada como Información Confidencial. Se considerará Información Confidencial cualquier dato de las partes al que la otra parte tenga acceso para el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del Contrato de Servicios y, en especial, toda aquella información de índole comercial, financiera y/o técnica que puedan conocer en función de su relación contractual.
Las partes se comprometen a no reproducir ni difundir dicha Información Confidencial, así como a no publicarla o ponerla a disposición de terceros, sin la previa autorización de la otra parte.
El deber de secreto sobre la Información Confidencial recogido en esta cláusula subsistirá aún después de la finalización de la vigencia del Contrato de Servicios.
Una vez extinguido el Contrato de Servicios, cada parte borrará y destruirá toda la Información Confidencial que haya almacenado en cualquier soporte o haya reproducido por cualquier procedimiento, exceptuando la información que por cualquier disposición legal se deba conservar. Esta información deberá quedar debidamente bloqueada.
X. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
El acceso a los Datos de carácter personal (los «Datos Personales») que ANCO SISTEMAS DE GESTIÓN, S.A. tenga en virtud de la prestación de los servicios que el CLIENTE contrate en cada momento no tendrá la consideración de comunicación de datos en la medida en que dicho tratamiento sea necesario para la prestación de los servicios contratados por el CLIENTE y los datos sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades determinadas, explícitas y legítimas de los trabajos que ANCO deba desarrollar para el CLIENTE en cumplimiento de las obligaciones derivadas del correspondiente Contrato de Servicios.
En este sentido, de conformidad con lo previsto en el apartado 8) del artículo 4 del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (en adelante, el «RGPD»), ANCO será considerado «Encargado del Tratamiento» de los Datos antes referidos. En consecuencia, simultáneamente a la suscripción del Contrato de Servicios, las Partes suscribirán el correspondiente Contrato de Encargo de Tratamiento de Datos Personales en los términos previstos en el artículo 28 del RGPD.
Los Datos Personales de las personas físicas que intervengan en nombre y representación y/o por cuenta del CLIENTE en la suscripción de los Contratos de Servicios, así como en la gestión de estos, serán incorporados a un fichero titularidad de ANCO para la celebración, desarrollo y cumplimiento de dichos Contratos y de las obligaciones legales que se deriven.
El titular de los Datos Personales podrá ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad, limitación, oposición y cualquier otro derecho que sea de aplicación, mediante el envío de un correo electrónico a la siguiente dirección: dpo@anco.es. La base legitimadora del Tratamiento antes descrito es (i) la ejecución y cumplimiento del correspondiente Contrato de Servicios y (ii) el cumplimiento de las obligaciones legales por parte de ANCO.
Los Datos Personales serán tratados durante la vigencia del correspondiente Contrato de Servicios, y podrán conservarse debidamente bloqueados durante el tiempo en el que puedan derivarse responsabilidades para ANCO. Así mismo, los titulares de los Datos Personales podrán presentar cualquier reclamación o solicitud relacionada con la protección de sus Datos Personales ante la Autoridad de Control competente. El CLIENTE deberá informar a las personas físicas cuyos Datos Personales se cedan a ANCO en el marco de la ejecución de un Contrato de Servicios, así como a solicitar su consentimiento para esta cesión, en caso de que fuera legalmente necesario.
XI. CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
El CLIENTE no podrá transferir ni ceder su posición contractual a ningún tercero sin el consentimiento explícito de ANCO.
Sujeto a las disposiciones del Contrato de Encargo de Tratamiento de Datos Personales, ANCO podrá utilizar los servicios de proveedores de servicios y/o subcontratistas para la prestar la totalidad o parte de los servicios contratados.
XII. EXCLUSIÓN DE CONTRATACIÓN DE PERSONAL
Debido a la alta especialización técnica del personal de ANCO, consecuencia de su formación continuada, si el CLIENTE contratase directa o indirectamente algún empleado de ANCO durante la vigencia del Contrato de Servicios o dentro de los veinticuatro (24) meses siguientes a la fecha en que dicho empleado hubiera causado baja en ANCO, se obliga a satisfacer a ANCO los gastos inherentes a dicha formación que se cifran en la cantidad resultante de multiplicar por 2 el sueldo bruto anual que percibiese el empleado en el momento de su contratación por el CLIENTE, salvo acuerdo previo por escrito.
XIII. LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Todos los contratos firmados entre el CLIENTE y ANCO se regirán e interpretarán de acuerdo con la legislación española y las partes se someterán a la jurisdicción exclusiva de los Tribunales de Barcelona (España).
XIV. PUBLICACIÓN Y EFICACIA
Las presentes Condiciones Generales se publican y se ponen a disposición del CLIENTE en la página web www.anco.es.